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Además se podrá llevar a los tribunales a rectores, decanos y profesores universitarios
Entre el 65% y el 89% de los protocolos
médicos desaparecerán del sistema público
(Medical News, 15/11/2018)
Entre
el 65% y el 89% de los protocolos que se utilizan actualmente por los
médicos en los hospitales y clínicas desaparecerán del sistema público. Y
además muchos rectores, decanos y profesores universitarios podrán ser
llevados a los tribunales por fraude, estafa e incluso delito contra la
salud pública. Así se desprende al menos de la rueda de prensa conjunta
ofrecida ayer por la Ministra de Sanidad, Consumo y Bienestar Social María Luisa Carcedo y el Ministro de Ciencia, Innovación y Universidades Pedro Duque al
afirmar que en el sistema nacional de salud no podrá ejercerse ninguna
"pseudoterapia", palabra con la que definen a toda aquella que no cuenta
con "aval científico" cuando no existe un solo organismo en el mundo que se encargue de tal cosa.
De hecho la medicina convencional no es una ciencia y, por tanto, no
puede hablarse de "medicina científica". Lo que la avala es lo que se
conoce en todos los organismos sanitarios -Organización Mundial de la Salud (OMS) incluida-, en las sociedades científicas y en las revistas revisadas por pares como "medicina basada en la evidencia clínica". Tal es el parámetro internacional que se reconoce para dotar de credibilidad a una terapia, protocolo o fármaco.
Pues bien, hace ya varios años el British Medical Journal -revista médica semanal de la Asociación Médica Británica- decidió averiguar la eficacia real de los tratamientos convencionales poniendo en marcha una iniciativa denominada Clinical Evidence
a fin de responder básicamente a tres cuestiones: cuántos de los
tratamientos comúnmente utilizados se apoyan en evidencias de peso,
cuántos no deberían utilizarse o hacerlo sólo con mucha precaución y
cuáles son las principales lagunas del conocimiento médico. Y para
responder a esas preguntas analizaron uno a uno los 2.500 principales
tratamientos médicos convencionales, estudio que posteriormente se
ampliaría hasta los 3.000. ¿El resultado? Que solo el 11% son
claramente beneficiosos, el 24% pueden ser "algo" beneficiosos, el 7%
están entre beneficiosos y dañinos, el 5% es poco probable que sean
beneficiosos y el 3% que pueden ser ineficaces y/o dañinos. Del otro 50%
no se sabe ¡nada!
Luego si lo que los ministros españoles citados propugnan se cumple solo
los que son "beneficiosos" (11%) y "algo beneficiosos" (24%) podrían
seguir siendo utilizados. Y eso implica que al menos el 65% de lo que
hacen los médicos en nuestros hospitales y clínicas se prohibirá
expresamente. Una buena noticia ya que en estos momentos los tratamientos médicos constituyen la tercera causa directa de enfermedad y muerte (al menos en Estados Unidos que es donde se hizo el estudio, no discutido por nadie). De hecho según las frías cifras del Instituto Nacional de Estadística (INE) en España mueren mientras son tratadas en los hospitales más de 200.000 personas AL AÑO, unas 111.000 por cáncer.
En cuanto a las disciplinas no convencionales cuya presencia en los
hospitales públicos así como su enseñanza quieren prohibirse por carecer
del inexistente "aval científico" que se propugna abre la puerta a que
pueda llevarse a los tribunales a numerosos rectores, decanos y profesores universitarios.
A fin de cuentas han estado durante muchos años impartiendo enseñanzas y
dando títulos académicos oficiales a miles de personas -la inmensa
mayoría médicos- que si ahora se consideran carentes del más mínimo
rigor académico y científico constituyen sin más un fraude, una
auténtica estafa por lo que hay que procesar judicialmente a los
responsables. Teniendo todos quienes pagaron por ello derecho a ser
indemnizados.
Es más, los pacientes tratados por éstos tienen asimismo derecho a
querellarse contra quienes otorgaron títulos fraudulentos sobre
disciplinas que no servirían para nada a las que se sometieron creyendo
que al estar avalados por universidades públicas eran eficaces. Cientos
de miles de enfermos tratados con ellas que estarán igualmente en su
derecho de querellarse y ser indemnizados acusando paralelamente a los
responsables de haber perpetrado un claro delito contra la salud
pública.
Como estarán en el mismo derecho de hacerlo todos los profesionales de
la salud -médicos y no médicos- a los que se ha calumniado, injuriado y
difamado por ejercerlas en el convencimiento de que lo que hacían era
legal y eficaz. A fin de cuentas la propia Organización Mundial de la Salud (OMS)
ha instado ya en varias ocasiones a los gobiernos de las naciones
miembros -la última vez en 2014- a que incorporen en sus sistemas
sanitarios las medicinas tradicionales, complementarias y alternativas "cuanto antes". Disciplinas entre las que la OMS incluye
de forma expresa -que no exclusiva- la Medicina Tradicional China -y
por ende la Acupuntura-, la Homeopatía, el Ayurveda, la Naturopatía, la
Quiropráctica, la Osteopatía, el Unani, el Tai-Chi, el Shiatsu, la
Hipnosis, la Meditación, el Yoga y el Qigong, entre otras que cita en
sus documentos. Y no solo a incorporarlas a los sistemas sanitarios sino
a que se regule su enseñanza y ejercicio profesional a fin de lograr “la mayor evidencia posible de la idoneidad de esos tratamientos con criterios de seguridad, eficacia y calidad”.
En cuanto a su fundamentación la OMS recuerda que “si bien
los ensayos clínicos controlados pueden ofrecer numerosas enseñanzas hay
otros métodos de evaluación igualmente valiosos. Entre ellos los
estudios de sus resultados y eficacia así como la investigación
comparativa sobre la eficacia, los patrones de utilización y otros
métodos cualitativos. Y es que es posible proponer y aprovechar
experimentos en el mundo real con diferentes modelos y métodos de
investigación significativos, valiosos y aplicables. El National
Institute for Health and Care Excellence y otros agentes destacan de
hecho la necesidad de adoptar modelos y métodos de investigación
complementarios que den lugar a una amplia base de datos probatoria que
permita orientar los procesos nacionales normativos y decisorios”
Y no solo lo ha solicitado la OMS; pidió lo mismo el Comité Internacional de Bioética de la UNESCO en
septiembre de 2012 durante su XIX reunión instando a todos los
gobiernos a garantizar el acceso de los ciudadanos a los tratamientos
tradicionales, complementarios alternativos y reconocerlos como “opción de la práctica médica”. Según explicó entonces su presidente, Stefano Semplici, “hay que respetar la libertad de elección de los médicos que las practican y de sus pacientes".
El comité instaría asimismo a evaluar su eficacia, difundir desde las
instituciones su conocimiento y establecer normas y protocolos de uso;
animando asimismo a integrarlas en el seno del sistema sanitario y a
establecer normas de acreditación de los expertos que las ejerzan. Es
más, para el Comité Internacional de Bioética no deberían ser
consideradas una segunda opción sino tratamientos realmente alternativos
o complementarios de la Medicina convencional. Lo mismo que ya solicitó
el Consejo de Europa en la Resolución 1.206 aprobada en 1999, hace pues ya 16 años.
En suma, en el mundo hay decenas de miles de médicos
que posteriormente se formaron en una o varias de estas disciplinas y
llevan décadas teniendo que escuchar que las mismas carecen de eficacia y
no están fundamentadas. Y eso que en Estados Unidos existe en los Institutos Nacionales de la Salud un organismo denominado Centro Nacional para las Medicinas Complementarias y Alternativas y en él acaba de admitirse como medicina complementaria el Reiki porque se utiliza ya ¡en más de 800 hospitales del país!
En fin, la manipulación es ya tal que hace apenas unos días la inmensa
mayoría de los medios de comunicación desinformaron a la sociedad
diciendo que "el ministerio había ordenado la retirada de miles de medicamentos homeopáticos de las farmacias" cuando lo que había hecho en realidad es registrar como medicamentos 2.008 productos homeopáticos.
Los que representan el 90% de las ventas siendo los propios fabricantes
y no el ministerio los que optaron por no registrar otros pudiendo legalmente hacerlo.
Luego no es que el ministerio no retirara 4.000 productos homeopáticos,
es que no retiró ni uno solo. Además quien se vio forzada a hacer ese
registro fue la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios porque así lo exigían las normas europeas.
En suma, el decreto aprobado el pasado 29 de octubre y publicado en el
BOE lo que hace es dar a los productos homeopáticos la categoría
definitiva de medicamentos pues hasta ese momento su legalidad aparecía
en una disposición transitoria.
La actitud de los dos ministros sobre la Homeopatía es además
inexplicable porque la Comisión Europea ya ha respondido al Gobierno de Pedro Sánchez TRES VECES EN UN AÑO -la última el pasado uno de octubre- que no
va a revisar el marco actual sobre la Homeopatía ni va a admitir
iniciativa alguna para prohibirla o impedir que se siga vendiendo en
farmacias.
Terminamos indicando que los ministros de Sanidad y Ciencia mostraron su
preocupación por lo que los medios de comunicación independientes
publican sobre salud y medicina manifestando que deberían solo basarse
en "fuentes de información rigurosa y veraz"; es decir, en las "verdades
oficiales". Así que la pregunta es obvia: ¿pretende el Gobierno
socialista imponer la censura periodística en el ámbito de la salud
apoyando así la iniciativa de Ciudadanos cuyo grupo parlamentario presentó en el Congreso de los Diputados una propuesta para que se penalice "la
difusión pública de información falsa o no contrastada sobre métodos
terapéuticos no evaluados ni autorizados por la Agencia Española de
Medicamentos y Productos Sanitarios destinados al tratamiento de
enfermedades oncológicas u otras enfermedades graves potencialmente
letales que alienten posibilidades de curación no sustentadas en
estudios científicos contrastados ni avalados por la lex artis siempre
que aboquen al paciente o pacientes al abandono de tratamientos con
eficacia clínica probada y evidente probabilidad de éxito en la curación
de ésta". La propuesta fue publicada en el Boletín Oficial del
Congreso de los Diputados el pasado 7 de septiembre de 2018 con el
título Proposición de Ley Orgánica de modificación de la Ley
Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, sobre la pérdida
de oportunidad asistencial por métodos terapéuticos no evaluados ni
autorizados por la Agencia Española de Medicamentos y Productos
Sanitarios entre los delitos contra la salud pública y la excusa es que corresponde al estado "la
protección de la salud" de los ciudadanos siendo pues los poderes
públicos quienes deben "organizar y tutelar la salud pública a través de
medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios".
Ciudadanos alega en su propuesta que si bien los "delitos
contra la salud pública" ya se encuentran regulados y tipificados en los
artículos 359 a 378 del actual Código Penal en dos grandes grupos -los
delitos relacionados con el comercio y los delitos de tráfico de drogas-
en el primero "no existe reproche o sanción penal alguna" a la difusión
pública de la “información falsa o no contrastada" en los términos
antes descritos.
Todo lo anterior ha sido denunciado de forma rigurosa, amplia y documentada por la revista española Discovery DSALUD (www.dsalud.com),
publicación de referencia internacional en el ámbito de la salud y la
Medicina que cuenta con uno de los consejos asesores más completo del
mundo como puede comprobarse pinchando en https://www.dsalud.com/consejo-asesor
Es más, Medical News tiene constancia de que en el número que saldrá a la venta a final de este mes Discovery DSALUD explica
que la asociación que recibe en España el mayor número de denuncias por
negligencias no ha recibido en los últimos 22 años ni una sola contra profesionales de las medicinas complementarias y alternativas y sí decenas de miles contra médicos convencionaless. Solo en 2017 casi 14.000 (781 de ellas con resultado de muerte).
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